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Construyendo una Ley Modelo para erradicar la violencia digital de género

Construyendo una Ley Modelo para erradicar la violencia digital de género

La violencia digital de género que enfrentan mujeres y jóvenes en toda América Latina representa una grave vulneración de múltiples de sus derechos humanos, sociales y políticos. Esta violencia no se manifiesta de forma abstracta, sino a través de prácticas concretas como el acoso en línea, la difusión no consentida de imágenes íntimas, la vigilancia digital sin autorización, los deepfakes sexuales, los discursos de odio y las campañas de desinformación que buscan silenciar o desacreditar a mujeres, especialmente aquellas en espacios públicos o de liderazgo.

La falta de marcos legales que contemplen adecuadamente todas las formas de violencia digital, que establezcan sanciones efectivas y que promuevan políticas públicas con un enfoque interseccional —considerando factores como la raza, la clase social, la sexualidad, entre otros— dificulta enormemente la lucha contra este tipo de violencia. 

Por lo tanto, Fundación Multitudes, en colaboración con el Instituto de Referência em Internet e Sociedade – IRIS, presentó sus aportes al proceso de consulta pública liderado por el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará – MESECVI para el desarrollo de la Ley Modelo Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Digital contra Mujeres y Niñas (2025). Estas recomendaciones se inscriben en los compromisos jurídicos asumidos por los Estados en tratados como la Convención de Belém do Pará, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que reconocen la violencia digital como una forma contemporánea de violencia basada en género. En este sentido, la Ley Modelo representa una oportunidad histórica para consolidar estándares vinculantes de protección frente a estas violencias en el ámbito interamericano.

La Ley Modelo constituye un avance histórico en la lucha contra la violencia de género en sus múltiples manifestaciones, y representa un esfuerzo conjunto importante para la América Latina y el Caribe para reconocerla como una forma urgente y sistemática de vulneración de derechos. 

Desde una participación activa, sugerimos mecanismos de sanción, transparencia y la elaboración de políticas públicas que incluyan la participación activa de las mujeres en todas las etapas de su formulación.Las propuestas contemplan un régimen mixto de responsabilidad que incluye sanciones administrativas a plataformas digitales, acciones civiles reparatorias y medidas penales en casos graves, como la sextorsión o la difusión no consentida de imágenes íntimas. Las sugerencias abarcan aspectos sustantivos, normativos y procedimentales de la ley, aquí un breve detalle de cada una:

  1. Ampliar el alcance y reconocimiento de las violencias digitales (Art. 3)
    Proponemos incluir los entornos educativos, laborales y profesionales como espacios donde se manifiesta la violencia digital, y reconocer la responsabilidad tanto del Estado como de empresas privadas y plataformas por acción u omisión. 
  2. Establecer principios rectores con enfoque interseccional y de gobernanza digital (Art. 4) Recomendamos incorporar el principio de participación equitativa de las mujeres en la gobernanza tecnológica, garantizar acciones afirmativas orientadas a niñas y adolescentes, y exigir transparencia en el diseño y aplicación de algoritmos, incluyendo criterios claros de moderación de contenido. 
  3. Incorporar definiciones clave para una regulación efectiva (Art. 5)
    Aportamos definiciones fundamentales como “sesgo algorítmico”, “moderación de contenidos” conforme a marcos legales, y “desinformación de género”. 
  4. Proteger libertades fundamentales en el entorno digital (Art. 6)
    Sugerimos explicitar el derecho de las mujeres a ejercer su libertad de asociación en espacios digitales, formar redes de apoyo y compartir información veraz, científica y libre de censura ideológica, en especial sobre derechos sexuales y reproductivos. También proponemos el reconocimiento del derecho a denunciar campañas de desinformación o estigmatización que busquen silenciar debates sobre autonomía corporal. 
  5. Promover políticas públicas con participación diversa y fondos garantizados (Art. 9)
    Planteamos la creación de mesas multiactorales con representación obligatoria de organizaciones de mujeres, juventudes y comunidades históricamente marginadas, garantizando así un diseño de políticas sensibles a las múltiples realidades que enfrentan las mujeres en línea. Asimismo, señalamos que los Estados tienen la obligación jurídica de actuar con debida diligencia para prevenir, investigar y sancionar la violencia digital por razones de género. En este marco, deben garantizar la existencia de mecanismos independientes de auditoría sobre los datos entregados por las plataformas digitales, así como financiar investigaciones con enfoque interseccional, mediante recursos públicos estables que respalden un diagnóstico riguroso y sostenido. 
  6. Fortalecer los mecanismos de moderación y denuncia (Art. 17, 19, 20, 23) Recomendamos establecer protocolos diferenciados durante períodos de especial vulnerabilidad, como campañas electorales, y medidas preventivas dirigidas a defensoras de derechos humanos. También sugerimos la incorporación del principio del debido proceso en los sistemas internos de denuncia, asegurando transparencia, protección de datos personales, acceso a información sobre las decisiones adoptadas, notificación oportuna, derecho a respuesta y a la presentación de recursos ante mecanismos imparciales. En cuanto a las sanciones, proponemos una graduación proporcional según la gravedad del caso, combinando medidas educativas y restaurativas en casos leves, y remisión a autoridades competentes con preservación de pruebas en casos graves. 
  7. Asegurar una destinación justa y transparente de los fondos recaudados por sanciones (Art. 43)
    Proponemos que los recursos obtenidos a través de sanciones económicas se destinen a la atención integral de víctimas, el fortalecimiento de capacidades institucionales, la generación de conocimiento sobre violencia digital con enfoque de género, y campañas de prevención adaptadas a los contextos locales. 

Implicancias regionales

La región enfrenta un momento decisivo para avanzar hacia una regulación que responda a los desafíos del entorno digital con justicia, equidad y perspectiva de género. Esta Ley Modelo tiene el potencial de convertirse en un referente regional si incorpora principios claros de participación, prevención, reparación y transparencia. 

Como organizaciones de la sociedad civil, confiamos en que nuestras recomendaciones contribuyan a fortalecer un instrumento que proteja los derechos de las mujeres en el ámbito digital y promueva una transformación estructural frente a las violencias de género en línea. 

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